Contabilizaciones y presentación de impuestos

La contabilización es una obligación que han de cumplir todas las empresas y debe hacerse siguiendo las normas de contabilización del Plan General Contable que son las mismas para todas las empresas.

La presentación de los impuestos más recurrentes suele ser trimestral. En el caso de grandes empresas (las que tienen un volumen de operaciones superior a 6 millones de euros) la presentación de estos impuestos en algunos casos puede ser mensual. En el año 2017 se introdujo además el denominado SII, Suministro Inmediato de Información, aplicable en principio a las empresas que antes estaban incluidas en el registro de devolución mensual de IVA y que tiene unas características especiales tanto temporales como de requisitos formales y de contenido.

Hay muchos impuestos a liquidar trimestralmente, los más comunes para las empresas son los que enumero a continuación, aunque hay más dependiendo del alta censal de la empresa:

Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta de los trabajadores. Son los importes de IRPF de los trabajadores, que mes a mes los ha ido reteniendo la empresa para luego liquidar con Hacienda cada tres meses. El importe a liquidar depende de las condiciones personales y económicas de cada trabajador.

Modelo 115: Retenciones e ingresos a cuenta de arrendamiento de inmuebles. Es el importe que se liquida trimestralmente de los inmuebles arrendados, actualmente el tipo de retención está en el 19%.

Modelo 303: Liquidación trimestral del Impuesto del Valor Añadido (IVA), en este impuesto se compensa el IVA devengado con el IVA deducible. Actualmente hay 3 tipos de IVA:

  • 4%, IVA superreducido y se aplica a los bienes considerados de primera necesidad.
  • 10%, IVA reducido y se aplica a todos los bienes considerados de consumo.
  • 21%, es el IVA de lujo, y se aplica a todos los bienes que se consideran de lujo.

Los Resúmenes Anuales de los anteriores impuestos no son liquidativos, se presentan en el mes de enero inmediatamente posterior al ejercicio. Siguiendo el orden de los impuestos antes descritos, los Resúmenes Anuales serían 190, 180 y 390. En estos impuestos se reiteran los datos de las presentaciones trimestrales, agrupando los cuatro trimestres.

El modelo 347 se denomina declaración anual con terceras personas. Su presentación es en febrero. Las empresas están obligadas a presentar este impuesto si han tenido operaciones con clientes o proveedores superiores a 3.000 € por cliente o proveedor.

El Impuesto de Sociedades se presenta en el mes de julio siguiente a la finalización del año tributario y hace una fotografía fija total de la situación de la empresa a 31 de diciembre. Grava los posibles beneficios de la Sociedad. También es posible que la empresa deba presentar los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades.

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