Contratos de trabajadores

Hasta hace poco existían más de 40 tipos de contratos laborales, era complicado conocer el más adecuado para nuestras necesidades. Desde febrero del 2014 han reducido los tipos de contratos a 4 únicos modelos:

  • Contrato indefinido
  • Contrato temporal
  • Contrato de formación y aprendizaje
  • Contrato en prácticas

El Ministerio establece un modelo de contrato laboral, que incluye los requisitos mínimos que debe cumplir dicho contrato para que sea válidamente formalizado.

Para dar de alta a un trabajador lo primero que debemos tener claro es que tipo de contrato vamos a elegir, indefinido, temporal, formación y aprendizaje o en prácticas, estudiando las peculiaridades del contrato que hayamos elegido y cumpliendo los requisitos exigidos.

Una vez decidido el tipo de contrato, debemos proceder al alta en la Seguridad Social del trabajador. Es obligatorio dar de alta al trabajador 24 horas antes del inicio de su jornada, aunque en casos extraordinarios el alta puede hacerse el mismo día del inicio del trabajo.

Nosotros le ayudamos con todos estos trámites para que su decisión se plasme de la manera mas conveniente para usted, buscando las posibles bonificaciones y subvenciones.

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